Media sanción al proyecto para ampliar la Ley 5110 a personas trans, travestis y víctimas de violencia de género

En la sesión de este jueves, la Cámara de Diputadas y Diputados de la provincia de Santa Fe dio media sanción a un proyecto para modificar la Ley 5110 que permitirá incluir entre los beneficiarios de la pensión a mujeres que están atravesando situaciones de violencia de género (durante un año) y a personas travestis, transexuales y transgénero, mayores de 35 años.

La iniciativa había sido presentada por los senadores Alcides Calvo y Rodrigo Borla y, oportunamente, había recibido media sanción de la Cámara alta. Luego de perder estado parlamentario, la iniciativa fue retomada por la diputada Lucila De Ponti y otros diputados, quienes incorporaron modificaciones al proyecto y volvieron a ingresarlo en la Cámara baja.

“Es una iniciativa que ha sido construida entre las dos cámaras de esta Legislatura, lo cual me parece algo a destacar teniendo en cuenta las dificultades que a veces tenemos para lograr acuerdos. Este es un proyecto que nace por autoría del senador Calvo en trabajo conjunto con la Caja de Pensiones. Cuando pierde estado parlamentario, algunos diputados y diputadas lo retomamos y le incorporamos modificaciones para poder dar continuidad a lo que se buscaba”, expresó la legisladora previo a la media sanción del proyecto en la Cámara de Diputados.

En este sentido, añadió que si bien la iniciativa tiene que volver al Senado, “ya existe una conversación y un acuerdo para que esto pueda ser rápidamente convertido en ley. Sabemos que es lo que están esperando muchos sectores de la sociedad que comienzan a estar amparados por el beneficio de la pensión 5110 a partir de la modificación de esta ley”, añadió De Ponti.

Por último, destacó la importancia de “modificar los instrumentos institucionales que crea el Estado en determinado momento para atender a la vulnerabilidad social y adaptarlos a las transformaciones que nuestra sociedad va viviendo respecto de aquellos sectores que deben ser acompañados”.

Beneficio para personas travestis, transexuales y transgénero

El proyecto de ley establece que corresponderá la asistencia a las personas travestis, transexuales y transgénero, mayores de 35 años de edad, que hayan procedido o no a la rectificación registral del sexo, nombre e imagen de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nacional N° 26743 de Identidad de Género y que reúnan determinados requisitos.

En caso de no haber hecho uso de la opción, la Secretaría de Estado de Igualdad y Género o el órgano que la reemplace en el futuro, será la encargada de identificar fehacientemente a la persona solicitante. La solicitud del beneficio se efectuará por ante la Secretaría de Estado de Igualdad y Género o la que en el futuro la reemplace, siendo autoridad de aplicación la Caja de Pensiones Sociales.

Beneficio transitorio para víctimas de violencia de género

La iniciativa establece también que la asistencia será con carácter temporal, por el plazo de un año y con posibilidad de renovación, a personas víctimas de violencia de género que reúnan determinados requisitos. La solicitud del beneficio se efectuará por ante la Secretaría de Estado de Igualdad y Género o la que en el futuro la reemplace, siendo autoridad de aplicación la Caja de Pensiones Sociales.

Con información de Aire de Santa Fe

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