Al mismo tiempo, la norma advierte sobre las modificaciones en la presentación de la documentación para el acceso a las pensiones por discapacidad. En el artículo 5 sostiene: “Determínase que los Certificados Médicos Oficiales (CMO) en formato papel encriptados con código (QR) emitidos con posterioridad a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL carecerán de validez”
“Esta decisión refleja un compromiso con la digitalización y la eficiencia, alineándose con las tendencias globales que buscan reducir la burocracia, el gasto innecesario y agilizar los tiempos de los trámites”, señalan desde la cartera.
Pensión por discapacidad: puntos claves de la normativa
- Derogación de Normativas Anteriores: se deroga el artículo 4° de la Resolución N° 8 de 2020 y se deja sin efecto la Resolución N° 891 de 2021, lo que indica una revisión y actualización del marco normativo.
- Requisitos para Iniciar Trámites: no se podrá iniciar el trámite de pensión sin el Certificado Médico Oficial Digital y los estudios médicos complementarios. Esto establece un requisito claro y elimina la posibilidad de utilizar certificados en papel que generaban más gastos administrativos y retrasos y errores significativos en las solicitudes presentadas.
- Validez de Certificados en Papel: los certificados médicos en formato papel que se emitan con un código QR después de la publicación de la resolución no serán válidos. Sin embargo, se permite la presentación de certificados en papel que hayan sido emitidos antes de esta fecha, con límite hasta el 31 de diciembre del 2024, para su aceptación para trámites que hayan sido iniciados hasta el 31/3/2023, y fecha límite hasta el 31/3/2025 para trámites que hayan sido iniciados en 2024 y deban dicha documentación.
- Obligación de Presentación de Certificados Digitales: para las solicitudes que no cuenten con un Certificado Médico Oficial a la fecha de publicación, se debe presentar uno digital antes del 31 de diciembre de 2024, o de lo contrario, las solicitudes serán archivadas.
- Verificación de Certificados Pendientes: la Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas debe verificar si hay certificados digitales pendientes de firma en los Establecimientos Públicos de Salud y tomar las medidas necesarias para asegurar su cumplimiento.
Con información de C5N

