Aclaraciones sobre las nuevas actividades excentas

#ACLARACIONES Días y Horarios 🕛
👉NUEVAS ACTIVIDADES EXENTAS

➡️A raíz de algunas consultas que han surgido a lo largo del día con respecto, más que nada, en los horarios de atención que dispuso el Ejecutivo Provincial para llevar a cabo las nuevas excepciones, el Gobierno de la Ciudad aclara los siguientes puntos:

 Actividad Inmobiliaria, con turno previo, de Lunes a Sábados de 8 a 18hs

 Asociaciones o Agencias para el Desarrollo, con atención personal, de Lunes a Sábados de 8 a 18hs

 Peluquería, Manicuría, Cosmetología y Podología, con turno Previo, de Lunes a Sábados de 8 a 18hs

 Mudanzas, sólo dentro de la Provincia, de Lunes a Sábados de 8 a 18hs

 Comercios Mayoristas y Minoristas, con atención personal, de Lunes a Viernes de 13 a 18:30hs y Sábados de 8 a 18:30hs

 Profesionales Liberales, con turno previo, con días y horarios bancarios. Lunes a Viernes de 7:15 a 12:15hs.

📌 Vale la pena aclarar que las actividades que ya se encontraban exceptuadas por decretos anteriores, continúan funcionando con los mismos horarios y metodologías ya dispuestas.

👉 Por otra parte, el Gobierno de la CIUDAD informa que TODOS los establecimientos y actividades que se autoricen a funcionar deberán cumplir con lo siguiente:

1️⃣ – Carga de datos y de los Protocolos de Seguridad e Higiene, ingresando en el siguiente: https://aswe.santafe.gov.ar/formulario_excepcion_covid19/.
Para ver sugerencias de protocolos por actividad, ingresar en el siguiente: https://www.santafe.gob.ar/…/vi…/full/234511/(subtema)/93802

2️⃣ – Las Declaraciones Juradas (DDJJ) de Estado de Salud de los trabajadores de ahora en más deben ser realizadas por cada trabajador personalmente en su teléfono celular a través de la app “COVID-19 Provincia de Santa Fe” cada 72 horas. Dicha aplicación podrá ser descargada en el siguiente: https://www.santafe.gob.ar/…/aplicacion-movil-covid-19-pro…/

🔴 El punto 2 sólo se exige a los trabajadores en relación de dependencia pero recomendamos cumplir con este paso también a los titulares de las empresas y autónomos.

(Res. 41/2020 y Res. 72/2020. MTEySS de Santa Fe)

Por consultas sobre habilitaciones o protocolos:
Whatsapp de la Oficina de Empleo: 3498412962 📲
Vía mail: produccion@sanjusto.gov.ar 📧

*Fuente Gobierno Ciudad de San Justo

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