El 23 de junio de 2017, a media mañana, policías cometieron un doble crimen atroz en la ciudad de Rosario. Las primeras versiones hablaban de delincuentes abatidos, pero poco después se supo que la realidad era muy distinta. Este jueves, la Justicia condenó a los dos policías que acribillaron a tiros a las víctimas y a otros 17 que trataron de encubrirlos.
David Campos tenía 28 años y se ganaba la vida como obrero en una empresa metalúrgica, mientras que su amigo Emanuel Medina, de 32, se desempeñaba como comerciante.
El día de la tragedia habían festejado con amigos el campeonato de fútbol que acababa de ganar el club que los apasionaba, Boca.
Ambos regresaban a sus casas a bordo de un automóvil Volkswagen Up, cuando en el cruce de calles Grandoli y Gutiérrez comenzaron a ser perseguidos por un patrullero.
A toda velocidad, el auto de las víctimas terminó impactando contra un árbol en la cuadra de Callao al 5700. Policías que llegaron al lugar casi inmediatamente abrieron fuego contra el vehículo. Fue una masacre. Campos y medina fallecieron allí, acribillados. En la escena del crimen se hallaron dos armas de fuego, pero más tarde se pudo demostrar que fueron “plantadas” por uniformados después del ataque.
Este jueves terminó el juicio oral en el Centro de Justicia Penal de Rosario que tuvo un tribunal conformado por los doctores Hebe Marcogliese, Alejandro Negroni y Ramón Lanzón.
Los jueces, en un fallo unánime, condenaron a Alejandro Rubén Bustos y a Leonel Emiliano Mendoza a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por abuso de función o cargo en su carácter de miembro integrante de las fuerzas públicas.
Por otra parte, sentenciaron a Marcelo Adolfo Escalante a la pena de 7 años de prisión efectiva e inhabilitación absoluta por 16 años por el delito de abuso de armas calificado por el carácter de funcionario público y encubrimiento doblemente agravado (por la gravedad del delito que se encubre y por el carácter de funcionario público). Esta persona disparó su arma pero no impactó en las víctimas.
Hugo Daniel Baroni recibió una pena de 5 años de prisión efectiva por los delitos de encubrimiento doblemente agravado (por la gravedad del delito que se encubre y por el carácter de funcionario público).
Además, otros trece agentes fueron condenados a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional con reglas de conducta por encubrimiento doblemente agravado (por la gravedad del delito que se encubre y por el carácter de funcionario público).
Finalmente, los jueces sentenciaron a un año de prisión, de ejecución condicional, ados mujeres policías identificadas como Roxana María Ramírez y Jésica Elisabet Lezcano. Ellas fueron quienes rompieron el pacto de silencio entre los uniformados y reconocieron que se había tratado de una ejecución.
El Ministerio Público de la Acusación estuvo representado en el proceso oral por los doctores Adrián Spelta y Patricio Saludutti, de la Unidad de Homicidios Dolosos. Los funcionarios fueron asistidos por el Equipo de Litigación de la Fiscalía Regional Segunda Circunscripción.
*Fuente ellitoral.com

