VISTO:
El canal de desagüe del Barrio Orsi,
Y;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo representa uno de los canales de desagüe más importantes construidos en nuestra ciudad;
Que, la construcción de dicho canal de desagüe demanda un monto de varios millones de pesos para su realización;
Que, realizar una obra de tal magnitud implica un gran esfuerzo y debe realizarse con la mayor premura a fin de ocasionar los menores inconvenientes posibles a los vecinos;
Que, nuevamente y por segunda vez los paredones que conforman dicho canal se han derrumbado, siendo en esta ocasión de ambos lados y sobrepasando los treinta metros en toda su extensión;
Que, dichos problemas ocasionan una gran pérdida económica para el municipio como así también una mayor demora en la culminación de la obra;
Que, en la primera de las ocasiones de derrumbe según información brindada por ese DEM se debía a problemas técnicos como ser la realización del encadenado, y que ya se habrían solucionado los inconvenientes;
Que, en los escombros del derrumbe se observa que el encadenado ya se encontraba realizado por lo que no se sabe cuál sería el motivo que ocasionó dicha caída;
Que, en uso de sus facultades se debe dictar la norma legal correspondiente;
Por todo ello el HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de la CIUDAD de SAN JUSTO sanciona la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº
Artículo 1: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que por la sección que corresponda proceda a informar por escrito los posibles motivos que ocasionaron el derrumbe y destrucción de parte de los paredones del canal de desagüe del Barrio Orsi, a fin de dar respuesta a los vecinos.
Artículo 2: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal a que instruya al responsable de la Obra del Canal de Barrio Orsi a fin de que concurra a éste Honorable Concejo Municipal para realizar una explicación de la obra y responder a inquietudes de los Ediles.
Artículo 3: Publíquese, Regístrese, Póngase en conocimiento del DEM y Archívese.-

