La Justicia dispuso en segunda instancia a que distancia se prohíben las fumigaciones

La Cámara de Apelaciones Sala II resolvió la Apelación interpuesta por la Provincia de Santa Fe y la Municipalidad de San Justo, que pretendía que se fumigue a distancia 0 de las casas de la ciudad; y dispuso la prohibición de fumigar con agrotóxicos y fitosanitarios (utilizados o autorizados permanentemente por los apelantes) a una distancia de 500 metros del casco urbano y a 1500 si se trata de fumigación aérea.

No se ha mencionado el criterio para escuelas por lo que, entendiendo que todo niños tiene el mismo derecho a una vida sana que cualquier ciudadano, presentaremos una aclaratoria para que se expida al respecto.

Como ha ocurrido en otras localidades donde se ha constatado la fumigación con productos prohibidos, aquí estaremos alertas para evitar que se siga envenenando a los ciudadanos y realizaremos las correspondientes denuncias por violación al Código Penal.

Con información de juancarlosgaletto

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