Asimismo, establece que el saldo de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social deberá efectuarse mediante transferencia electrónica de fondos, con su correspondiente Volante Electrónico de Pago (VEP).
El beneficio contemplado para las microempresas consiste en poder tomar hasta el 30% del impuesto a los débitos y créditos ingresado como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales correspondientes a los salarios devengados hasta diciembre de 2025, fecha en la que caduca la norma.
Con información de C5N