En cualquier caso, quienes tengan sus haberes suspendidos podrán volver a activarlos, en tanto se «solicite la activación del mismo y se demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país”.
Sin embargo aclara, que la restitución será solo para aquellas prestaciones que no impliquen que, dicho incumplimiento, se traduzca en la pérdida completa del derecho. En ese caso, se dará de baja y no se reincorporará.
Con información de C5N

