Si no tuviste vacaciones de invierno la alternativa son los feriados. Este es el calendario de las jornadas en las que vas a poder aprovechar para hacerte una escapada, o simplemente para tomarte un descanso.
Pasó la mitad del año y todavía quedan algunos días para aprovechar y descansar. Algunos podrán disfrutar del receso invernal pero otros están esperando el próximo fin de semana largo.
Agosto:
Domingo 1: Fiesta del Sacrificio. Día no laborable solo para habitantes que profesen la religión islámica. Ley 23.399.
Sábado 17: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
Lunes 19: Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.
Sábado 31: Año Nuevo Islámico. Día no laborable solo para habitantes que profesen la religión islámica. Ley 23.399.
Septiembre:
Domingo y lunes 29 y 30: Año Nuevo Judío. No laborable, solo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
Octubre:
Martes 1: Año Nuevo Judío (Rosh Hashaná). No laborable, solo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
Martes y miércoles 8 y 9: Día del Perdón (Iom Kipur). No laborable, solo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
Sábado 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Lunes 14: Día no laboral con fines turísticos.
*Fuente @AiredeSantaFe