El Régimen Penal Juvenil fue aprobado este viernes por el Senado y, de esta manera, el proyecto impulsado por el oficialismo se convirtió en ley. La flamante normativa establece un nuevo sistema penal juvenil que baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y fija penas máximas de hasta 15 años de prisión.
Tras un extenso debate dentro de la última sesión especial de extraordinarias convocadas por el presidente Javier Milei, el proyecto se aprobó con 44 votos positivos, 27 negativos y 1 abstención. Según el dictamen de mayoría, la finalidad de la iniciativa es fomentar en las y los adolescentes un sentido de responsabilidad legal por sus actos y “lograr su educación, resocialización e integración social”. En ese sentido, se propone brindar herramientas para superar el riesgo social y la conflictividad.
De esta manera, el nuevo sistema establece la responsabilidad penal para adolescentes desde los 14 años hasta antes de cumplir los 18, cuando sean imputados por delitos previstos en el Código Penal o leyes especiales. El proyecto deroga expresamente la ley 22.278 y redefine de manera integral el sistema de responsabilidad penal juvenil.
Qué establece el nuevo Régimen Penal Juvenil
La iniciativa fija en 14 años la edad mínima de punibilidad para delitos graves como homicidio, robo con violencia, abuso sexual o secuestro. En esos casos, la pena máxima podrá alcanzar los 15 años de prisión, aunque la privación de la libertad queda establecida como último recurso.
Dependiendo de la gravedad del hecho, el proyecto aprobado en el Senado contempla las siguientes penas: amonestación; prohibición de contacto o de aproximarse a la víctima, su familia u otras personas; prohibición de conducción de vehículos, si el delito imputado se vincula con la conducción; prohibición de concurrir a determinados lugares, establecimientos o espectáculos; prohibición de salir del país o del lugar en el cual reside; prestación de servicios a la comunidad (tareas de interés social en entidades públicas o privadas, hospitales, escuelas, sociedades, etc); monitoreo electrónico; reparación integral del daño a la víctima; y penas privativas de la libertad.
Durante el tratamiento en comisión se incorporó explícitamente que los menores no podrán cumplir penas privativas de libertad en los mismos establecimientos que los adultos.
Con información de C5N

