Tras el escándalo desatado por una resolución publicada en el Boletín Oficial donde el Gobierno utilizó términos discriminatorios para referirse en un baremo a personas con discapacidad, la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) admitió que fue “un error” y anunció que modificarán la misma.
Luego agregaron que “desde la ANDIS queremos aclarar que la publicación de los términos en cuestión no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta”.
En este marco informaron que tanto la resolución 187/2025, como su anexo, “serán modificados siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes, con el objetivo de garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales, como la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5). Es importante aclarar que esta corrección no modificará el baremo ni sus criterios de evaluación”
“La Agencia Nacional de Discapacidad reafirma su compromiso con un sistema de evaluación justo, transparente y basado en criterios médicos y en un análisis integral de la situación socioeconómica, que garantice que las pensiones no contributivas por invalidez laboral sean otorgadas a quienes realmente las necesitan”, concluyeron.
Fuerte repudio a la publicación de ANDIS
La publicación de la resolución generó repudio desde diferentes organizaciones de derechos humanos, y llamó a un reclamo administrativo por parte de Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) que núcleo el reclamo de otras organizaciones como Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), Federación Argentina de Instituciones de Ciegos y Amblíopes (FAICA), Asociación Civil Mesa de Trabajo en Discapacidad y Derechos Humanos Córdoba, Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) y Andar.
Relacionado con la resolución del BO, “medir el tipo de discapacidad” para determinar la pensión no significa que haya personas “inválidas para trabajar”, sino que esto depende en la medida en “se les proporcionen los apoyos que requieren. Para definir quién debe cobrar una pensión y quién no, el Estado debe evaluar las barreras económicas y sociales que cada una enfrenta, en lugar de mirar las etiquetas médicas que pesan sobre ellas”.
No solo eso, sino que en el anexo de la normativa, delimita que se evalúe el Coeficiente Intelectual de una persona y separarla en grupos para poder acceder a la pensión:
- 0-30 (idiota): no atravesó la etapa glósica, no lee ni escribe, no conoce el dinero, no controla esfínteres, no atiende sus necesidades básicas, no pude subsistir solo.
- 30-50 (imbécil): no lee ni escribe, atiende sus necesidades elementales, pueden realizar tareas rudimentarias; 50-60 (débil mental profundo): solo firma, tiene vocabulario simple, no maneja el dinero, puede realizar tareas rudimentarias.
- 60-70 (débil mental moderado): lee, escribe, realiza operaciones simples, conoce el dinero, puede realizar trabajos de escasa exigencia intelectual.
- 70-90 (débil mental leve): cursó primaria y a veces secundaria, puede realizar tareas de mayor envergadura. Fronterizos los que tienen CI cercan al normal.
Desde ANDIS, plantearon que “hay un problema en medir la invalidez laborativa, conceptual que tiene implicancias prácticas, supone que hay personas naturalmente incapaces para el trabajo cuando en realidad los problemas son las barreras estructurales que el mercado laboral le presenta“, principalmente expresados en prejuicios instalados por la sociedad, señaló la abogada Celeste Fernández para Futurock.
¿Por qué está mal la utilización de estas palabras a la hora de llamar así a personas con discapacidad? En diálogo con C5N, Fernando Galarraga, ex director ejecutivo de ANDIS, expresó que “son terminologías estigmatizantes y discriminatorias. Van en contra de todos los avances que nuestro país viene realizando en la materia desde hace 40 años”.
En algún momento se utilizó la terminología “idiota” en los censos de población en el pasado, para Galarraga esto es algo “superado por la carga negativa y peyorativa que tiene”. Además, la República Argentina ratificó en 2008, la convención de las Naciones Unidas que “establece la discapacidad y los tipos existentes: discapacidad mental o psicosocial, discapacidad sensorial, discapacidad motriz y discapacidad visceral”, explicó.
Con información de C5N