El Gobierno envió al Congreso un proyecto de ley para reformar el Código Penal e incrementar las penas contra quienes provoquen incendios intencionalmente, de manera que no sea un delito excarcelable sino que tenga una sanción efectiva. El texto ingresó oficialmente este miércoles.
El Gobierno pretende modificar el artículo 186 del Código Penal para “añadir nuevos supuestos de conductas que pudieran producir diversos estragos”. De este modo, a la posibilidad de causar un incendio, explosión o inundación se sumarían también los casos de derrumbe, liberación de tóxicos, emisión de radiaciones y “cualquier otro proceso destructor capaz de generar estragos”.
Además, pretende elevar la pena mínima de 3 a 4 años, para que el delito ya no sea excarcelable, y aumentar el máximo de los distintos supuestos contemplados por la norma: 15 años cuando resulten afectados bosques, parques nacionales o yacimientos arqueológicos, y 25 años cuando se produzca la muerte de una o más personas fruto del incendio.
Por último, el proyecto propone incrementar las penas dispuestas para el caso de que el delito sea realizado de modo culposo. Así, la actual escala, que va de un mínimo de un mes a un máximo de un año, se elevaría a un mínimo de 4 años y un máximo de 6. Si se pusiera en peligro la vida de una persona, o si se le produjera la muerte o lesiones gravísimas, los máximos de las penas serían de 8 y 10 años de prisión, respectivamente.
Con información de C5N