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A través del Comunicado Nº 008/2021, se prohíbe en todo el territorio nacional la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición del producto alimenticio:
- Granola proteica con Stevia fortificado con proteínas sin azúcar Olympic
Como asimismo, todo otro producto alimenticio marca Olympic que carezca de la información obligatoria que garantice la trazabilidad legal
Motivo: El rótulo no declara el RNE, nombre y razón social ni tampoco otras referencias obligatorias conforme el Capítulo V del Código Alimentario Argentino (CAA). En consecuencia, los alimentos muestreados son falsificados.
La Agencia verifica que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria, que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos.
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