Vida y Familia propone la reforma de la parte orgánica de la Constitución provincial

Con las firmas de Nicolás Mayoraz (imagen de portada), Natalia Armas Belavi y Juan Argañaraz, el bloque de diputados Vida y Familia ingresó un proyecto de reforma constitucional, siendo el cuarto que tiene estado parlamentario desde inicio de año. “Abogando por una adecuada hermenéutica de los textos constitucionales, consideramos que lo correcto es circunscribir la reforma a la parte orgánica, enfocando los esfuerzos y debates en mejorar el diseño institucional existente, a la vez de adaptarlo a las necesidades y realidades de la Santa Fe del Siglo XXI” , dijo Mayoraz, jefe de la bancada legislativa, a El Litoral.

Gabriel Real (PDP), Rubén Giustiniani y Agustina Donnet (Igualdad) y Luis Rubeo (PJ) fueron los que ingresaron proyectos sobre la temática a la que ahora se suma Vida y Familia. En los fundamentos, los autores marcan que “si se analiza la cultura constituyente ejercida por los hombres de nuestra provincia desde 1819 en adelante -y con mayor asiduidad hacia la segunda mitad del S.XIX- podrá reconocerse en ella una genuina manifestación del ejercicio federal, pues la misma se dio con total independencia de la marcha constituyente del Estado nacional.  Podríamos inferir que la vocación constitucional se erige como un rasgo de la identidad de Santa Fe, propio de su configuración institucional”.

Recuerdan que la tarea de ejercer el poder de una Constitución se dio en nueve oportunidades. Al Estatuto Provisorio de 1819 siguieron las reformas de 1841, 1856 , 1863, 1872, 1883, 1890, 1900, 1907 y 1962. Además hubo dos experiencias de reforma fallidas: 1921 y 1949. La carta magna provincial -en su actual redacción- se encuentra vigente desde el 14 de abril de 1962.

Mayoraz marcó los once puntos centrales que propone el sector incorporar a la Carta Magna:

-Voto joven: Se habilita el voto a partir de los 16 años.

-Candidaturas independientes: no se requerirá integrar un partido político para poder ser candidato.

-Constitución de un Tribunal Electoral permanente y especializado.

-Poder Legislativo:  Mantiene la organización bicameral pero con reelección sucesiva por un solo mandato. La elección de diputados en su totalidad por sistema D’Hont con un  mínimo de edad de 21 años; elección de senadores por departamento, mínimo de edad de 25 años. Prevé la extensión del período de sesiones ordinarias a nueve meses en el año. Dispone la inmunidad de los legisladores restringida a los aspectos funcionales pero sin obstaculizar sometimiento a proceso; ingreso de la Ley de Presupuesto por la Cámara de Diputados y simplificación de los procedimientos para la revisión de las leyes entre las cámaras.

-Poder Ejecutivo: reelección del gobernador sucesiva por un mandato; incorporación de Decretos de Necesidad y Urgencia y delimitación de sus excepcionales alcances; incorporación del Jefe de Gabinete de Ministros con el deber de concurrir periódicamente a la Legislatura. Como órganos de control incluye la Sindicatura General y la Auditoría General de la Provincia. También prevé darle rango constitucional a la Defensoría del Pueblo.

-Poder Judicial:  incorporación de firma digital y notificación electrónica en los procesos y entre las unidades jurisdiccionales; estabilidad en el cargo hasta los 75 años de edad; competencia de la Corte para dictar sentencias en forma definitiva;  la competencia contencioso-administrativa dejará de ser exclusiva y originaria de la Corte. En cuanto a la remoción de jueces, fiscales y defensores lo postula a través de un Jurado de Enjuiciamiento.  Propone la creación del Consejo de la Magistratura para selección y procesos disciplinarios de jueces y actuación como acusador en procesos de remoción ante el Jurado de Enjuiciamiento. En lo que hace al Ministerio Público de la Acusación y de la Defensa también contempla concederle rango  constitucional con autonomía funcional y autarquía financiera, institutos a cargo de un Procurador General y de un Defensor General. El Procurador, a su vez, será quien dictamine en los asuntos que tramiten ante la Corte. La iniciativa propone ampliar la figura del juicio al Procurador General, el Defensor General y los auditores generales.

-Autonomía municipal con reconocimiento constitucional expreso así como la facultad de crear regiones o áreas metropolitanas.

-Mecanismos de democracia semi-directa como el plebiscito, referéndum, la iniciativa popular y las audiencias públicas.

-Juicio de Residencia: reincorporación del instituto para que los funcionarios en ejercicio de cargos ejecutivos rindan cuentas ante un tribunal de enjuiciamiento.

-Acciones judiciales que protejan garantías constitucionales. así contempla elevar a rango constitucional el amparo por mora, contra actos de particulares, habeas data, las acciones colectivas y de clase.

-Principios de modernización del Estado incorporando al texto constitucional por ejemplo la publicidad de los actos públicos, transparencia de las cuentas públicas, acceso a la información pública y digitalización de los archivos del Estado.

Con información de El Litoral

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